Biblioteca especializada
Colección Amorós de Negre
- Decreto expedido por el gobernador y comandante general del estado de Puebla, Rafael J. García, el 8 de junio de 1868. Art. 1° Se abrirá un camino carretero que partiendo de la estación de Ometusco, del ferrocarril de Apizaco y pasando por Zacualpican y Huejutla termite en Tantojón o en cualquier otro punto, río arriba del Témpoal conveiente para la navegación hasta el puerto de Tampico.... Puebla, México, 1868, 1 h. De 32 * 23.2 cms., impresa y manuscrita por el frente.
- Decreto expedido por el gobernador y comandante general del estado de Puebla, Rafael J. García, el 8 de junio de 1868. Art. 1° Se abrirá un camino carretero que partiendo de la ciudad de Querétaro termine en Tantojón o en cualquier otro punto conveniente para la navegación hasta el puerto de Tampico... Puebla, México, 1868, 1 h. De 32.3 * 22.8 cms., impresa y manuscrita por el frente.
- Decreto expedido por el gobernador y comandante general del estado de Puebla, Rafael J. García, el 26 de septiembre de 1868. Núm. 64, Art. Único. El gobierno del Estado se asocia a la compañía de Puebla contribuyendo a la empresa del ferrocarril de Veracruz a México con dos millones de pesos. El ejecutivo del mismo estipulará con la sociedad empresaria los términos y condiciones de pago sometiendo al contrato que con ese motivo se celebre a la aprobación de la legislatura. Puebla, México, 1868, h. de 32.6 * 22.7 cms., impresa por el frente. En la parte inferior del lado izquierdo sello de la Jefatura Política del Distrito de Tecali, y a la derecha con letra manuscrita: publíquese, Tecali de Herrera, septiembre 28 de 1868.
- Decreto expedido por el gobernador y comandante general del estado de Puebla, Rafael J. García, el 30 de septiembre de 1868. Núm. 65, Art. 1° se construirá un camino de fierro de Puebla a un punto en que el río Mexcala comienza a ser navegable tocando siempre que fuere posible en las poblaciones que se encuentre en esa vía, como Cholula, Atlixco, Matamoros, etcétera. Art. 2° Se faculta al Ejecutivo para que arregle las bases de esta empresa sujetándolas previamente a la aprobación a la legislatura del Estado. Puebla, México, 1868, 1 h. de 32.6 * 22.2 cms., impresa por el frente. En la parte inferior del lado izquierdo sello de la Jefatura Política del Distrito de Tecali, y a la derecha con letra manuscrita: publíquese, Tecali de Herrera, octubre 2 de 1868.
- Decreto expedido por el gobernador y comandante general del estado de Puebla, Rafael J. García, el 1° de octubre de 1868. Art. 1° Se abrirá un camino carretero de la ciudad de Durango a la de Mazatlán, pasando por la Sierra Madre... Puebla, México, 1868, 1 h. de 32.3 * 22.9 cms., impresa por el frente. Además, en la parte inferior en el lado izquierdo un sello de la Jefatura Política del Distrito de Tecali y al entro con letra manuscrita: Tecali, octubre 5 de 1868.
- Decreto expedido por el gobernador y comandante general del estado de Puebla, Rafael J. García, el 9 de diciembre de 1868. El Congreso de la Unión decreta. Art. 1° Subsiste el decreto de 27 de noviembre de 1867 con las siguientes modificaciones: I El artículo segundo quedará en estos términos. "Art. 2°. La compañía empresaria podrá terminar la construcción del expresado camino de hierro entre Veracruz y la ciudad de México y el ramal de Apizaco a Puebla comprometiéndose el gobierno a no subvencionar durante el período de sesenta y cinco años, contados desde esta fecha, a ninguna corporación o persona que emprenda la construcción o explotación de otra vía férrea entre Veracruz y México o los puntos intermedios. No se comprende en este compromiso la subvención concedida para el ferrocarril de Veracruz a Puebla por Jalapa... Puebla, México, 1868, 1 h. de 47.3 * 32.8 cms., impresa por el frente. Además, en la parte inferior a la izquierda constan la siguiente orden. Publiquese Tecali de Herrera, diciembre 11 de 1868.
- Decreto expedido por el gobernador y comandante general del estado de Puebla, Rafael J. García, el 13 de diciembre de 1868. El Congreso de la Unión decreta. Art. 1 Se autoriza al ejecutivo para comprar a la compañía de ferrocarril de Tlalpam 50 000 pesos de las acciones nuevamente emitidas por su junta directiva pagándolas al tiempo de su emisión por quincenas de 5 000 pesos. La suma que se gaste en virtud de esta autorización será ministrada al Ministerio de Fomento por el de hacienda. Art. 2 El ejecutivo antes de usar esta autorización cuidará de averiguar si la compra de acciones que en su virtud hiciere cooperará eficazmente a que la línea hasta Tlalpam quede terminada para el 31 de mayo de 1869... Puebla, México, 1868, 1 h. de 32.8 * 23.6 cms., impresa por el frente. Además, en l parte inferior en el lado izquierdo sello de la Jefatura Política del Distrito de Tecali.
- Decreto expedido por el gobernador y comandante general del estado de Puebla, Rafael J. García, el 16 de diciembre de 1868. El Congreso de la Unión decreta. Art. 1 Se abrirá un camino carretero que, separándose del ferrocarril de Apizaco, en la estación de Ometuso, pase por Tulancingo, Acaxochitlán y Huahuchinango y termine en el Zapotal o en cualquier otro punto más alto desde el cual puede hacerse la navegación hasta el puerto de Tuxpam por el río de su nombre y los esteros que con él comunican, si fuere necesario. Este camino se dividirá en dos tramos, uno de Ometusco a Huahuchinango y otro de Huhuchinango al embarcadero sobre el río Tuxpam... Puebla, México, 1868, 1 h. de 32.6 * 23 cms., impresa por el frente. En la parte inferior se agregó lo siguiente: un sello de la Jefatura política del Distrito de Tecali.
- Decreto expedido por el gobernador y comandante general del estado de Puebla, Rafael J. García, el 15 de febrero de 1869. El Congreso de la Unión decreta. Art. 1 El decreto expedido por el Ejecutivo en 6 de octubre de 1867, autorizando a don Emilio La Sére o a la compañía que él formara para abrir la comunicación interoceánica por el Istmo de Tehuantepec, queda modificado en los términos siguientes... Puebla, México, 1869, 1 h. De 65 * 42 cms., impresa por el frente a línea tirada y a cuatro columnas.
- Decreto expedido por el gobernador y comandante general del estado de Puebla, Rafael J. García, el 9 de enero de 1869. El Congreso de la Unión decreta. Art. 1 Se abrirá un camino carretero de México a Pisaflores u otro punto más conveniente si lo hubiere en la margen derecha del río Moctezuma, expeditándose la navegación hasta el puerto de Tampico, desde el lugar que después de hecha la exploración del terreno se elija para término del camino... Puebla, México, 1869, 1 h. De 32.7 * 23 cms., impresa por el frente. En la parte inferior un sello de la Jefatura política del Distrito de Tecali.